skip to main |
skip to sidebar
Calendario Laboral 2010 Santa Perpetua:![](https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjEbO0AQ0rZBVd_0NjU2kjoJKnc0rMQbqwvPgw7Py4ZRQugqlrqto8gdKoUKi0olE5Ezo3TBMIsCBTNWUs6exRvcdSHaKnFX8v1L3jr3VJD0_rKSUAEZxCoY6mrGhgTwsf_0a8rqwmI8c9j/s400/Calendario+laboral+2010.jpg)
- El segundo festivo local se disfrutará el festivo de la población de residencia de cada trabajador o bien, a elección del trabajador, por un día de asuntos propios siempre y cuando no se superen las condiciones establecidas en el actual disfrute del día de asuntos propios.
- Para los trabajadores con jornada de martes a sábado se establece un/unos días de descanso compensatorio que se fijará de común acuerdo con su jefe para el/los días que excedan del resto de las jornadas anuales correspondientes a personal con 5 días laborables de trabajo semanales.
- El personal que realice sus vacaciones en el primer o tercer turno, podrá solicitar el cambio de la primera semana para los del primer turno y de la última semana para los del tercer turno por cualquier otra semana del año excepto en el periodo vacacional (estival y Navidad). Las condiciones para acceder al cambio de una semana de vacaciones serán: las que vienen recogidas en el convenio.
- Asuntos propios.- Permiso de un día para asuntos propios, dentro del año natural, sin justificación, acordándose la fecha de disfrute entre el trabajador y el mando correspondiente y bajo las condiciones que vienen recogidas en convenio.
- El personal que disfrute las vacaciones de verano en el primer turno, tendrá derecho a disfrutar de un día de fiesta a compensar por el día 24 de junio, bajo las condiciones recogidas en el convenio.